Las declaraciones obligatorias de tu almazara o tu bodega, presentadas a tiempo cada mes
La declaración mensual del aceite en el SIMO antes del día 10, la del vino en el INFOVI antes del día 20 y la de la leche cruda en INFOLAC antes del día 20, preparadas por agentes de IA con tus albaranes y tickets de báscula y revisadas por una persona, por una cuota cerrada por instalación.
Fuente: SIMO, campaña 2024/25 (informe de mercado de Cooperativas Agro-alimentarias, septiembre de 2025) y DIRCE 2024 (Mercasa, Alimentación en España)
Ofertas
Declaración mensual del aceite en el SIMO (almazaras, envasadoras y operadores)
Preparamos con tus documentos y presentamos cada mes la declaración de tu almazara (anexo II), envasadora (anexo III) u operador (anexo IV) en la aplicación de la AICA, con las anuales de noviembre incluidas.
→39 € + IVA al mes por instalación (bodegas de 1.000 hl o más); 49 € por declaración si declaras solo en diciembre y agostoDeclaraciones del vino en el INFOVI (bodegas y operadores de vino)
Preparamos con tus registros y presentamos la declaración de vino y mosto de cada instalación en el INFOVI: cada mes si produces 1.000 hl o más, o en diciembre y agosto si produces menos.
→39 € + IVA al mes por comprador (hasta 50 ganaderos; 0,50 € por ganadero adicional)Declaración mensual de la leche cruda en INFOLAC (primeros compradores)
Si compras leche cruda de vaca, oveja o cabra a ganaderos, preparamos con tus datos de recogida el fichero de la declaración mensual, lo cargamos en INFOLAC, corregimos las incidencias y la cerramos antes del día 20.
→290 € + IVA por instalación (bodega o almazara de hasta 50 empleados)Manual APPCC para bodegas y almazaras
El sistema de autocontrol basado en el APPCC que exige el art. 5 del Reglamento (CE) 852/2004, escrito con el diagrama de flujo, los productos y los registros de tu bodega o tu almazara, listo para la inspección de sanidad.
→290 € + IVA por instalación (hasta 50 empleados y 30 productos)Plan APPCC para obrador e industria alimentaria pequeña
El plan de autocontrol basado en el APPCC que exige el art. 5 del Reglamento (CE) 852/2004 para tu panadería, pastelería, obrador, conservera o industria cárnica, escrito con tus productos, tu diagrama de flujo y tus registros.
→49 € + IVA por productoTabla nutricional y etiqueta de tu alimento
Calcula gratis la información nutricional por 100 g de tu receta y la lista de ingredientes con los alérgenos destacados. Si quieres, revisamos la etiqueta completa con el Reglamento 1169/2011 por 49 €.
→90 € + IVA por instalaciónRenovación del registro FDA 2026 (bodegas, almazaras y conserveras)
Si exportas alimentos a Estados Unidos, tu registro en la FDA caduca si no lo renuevas entre el 1 de octubre y el 31 de diciembre de 2026. Lo revisamos, lo actualizamos y lo renovamos con tus datos.
→Cómo entregamos
Nos das una vez la contraseña de cada instalación que te envió la AICA y, cada mes, nos reenvías los tickets de báscula, albaranes y facturas del mes o el listado de tu programa. Los agentes de IA cuadran entradas, salidas y existencias, una persona revisa el balance contigo si algo no cuadra, y lo grabamos y cerramos antes del plazo. Te devolvemos el justificante y el balance de campaña. Hacemos solo la parte administrativa: el aceite y el vino no los tocamos. Trabajamos por resultados y con nuestros medios, nunca como personal bajo tu dirección.
Calendario de declaraciones obligatorias de almazaras, bodegas y compradores de leche · campaña 2026/27
Aceite de oliva y orujo (SIMO, Real Decreto 861/2018)
- Cada mes, del día 1 al 10: declaración mensual del mes anterior en la aplicación de la AICA (almazaras, anexo II; envasadoras, anexo III; operadores con aceite a granel, anexo IV; refinerías, anexo V; extractoras y secaderos de orujo, anexo VI). Si el día 10 cae en sábado, domingo o festivo nacional, hay un día hábil más (art. 12.3 y ayuda de la AICA).
- Pasado el día 10 la aplicación cierra la declaración y ya no deja grabar datos: solo se ve en consulta. Para presentar un mes hay que tener grabados los anteriores.
- También los meses sin actividad, con todos los datos a cero, salvo que hayas comunicado el cese temporal porque no te quedan existencias (art. 12.4 y 12.5).
- Octubre de 2026 es el primer mes de la campaña 2026/27: se declara del 1 al 10 de noviembre, con la declaración anual complementaria de la campaña 2025/26 (producción de virgen extra, virgen y lampante, art. 4.1) y la de producción ecológica si la tienes (art. 10).
- Respaldo: los datos de cada mes tienen que cuadrar con tus registros internos y tu documentación comercial, que guardas cuatro años (art. 11). Los controles los hace tu comunidad autónoma (art. 15) y los incumplimientos se sancionan según la Ley 30/2022 y la norma de tu comunidad (art. 16).
Vino y mosto (INFOVI, Real Decreto 739/2015)
- Bodegas de 1.000 hl o más de producción media y operadores que tienen vino o mosto sin elaborarlo: declaración mensual por instalación en el INFOVI a más tardar el día 20 de cada mes (art. 5.2, anexo III a).
- Bodegas de menos de 1.000 hl: dos declaraciones al año por instalación, en diciembre y en agosto, a más tardar el día 20 (art. 5.3, anexo III b).
- Del 1 al 10 de diciembre: datos de proveedores y justificantes de compraventa a 30 de noviembre (anexos IV a y IV b), ante tu comunidad autónoma (art. 6.2).
- Hasta el 10 de diciembre: declaración de cosecha de cada viticultor, en la aplicación de su comunidad autónoma (art. 3).
- Cada instalación tiene su propia contraseña del INFOVI, que la AICA envía al correo registrado en el REOVI.
- Fuera de plazo es infracción leve (art. 38.1.d de la Ley 24/2003), con multa de hasta 2.000 € (art. 42.1); los errores de hasta un 15 % en las declaraciones, también (art. 38.1.b).
Leche cruda de vaca, oveja y cabra (INFOLAC, Real Decreto 319/2015)
- Primeros compradores, del día 1 al 20 de cada mes: declaración de toda la leche cruda recibida de productores el mes anterior, también con «0» si no hubo entregas (art. 6.1).
- Contratos con ganaderos: se registran en INFOLAC antes de empezar la entrega de la leche (art. 5.1).
¿Compras uva o aceituna a productores? Además de declarar, cada contrato se inscribe antes de la entrega: Registro de Contratos Alimentarios: inscribimos tus contratos con viticultores y olivareros antes de cada entrega (49 € + IVA al mes).
Fuentes: Real Decreto 861/2018 (texto consolidado con el Real Decreto 564/2025, BOE) · Real Decreto 739/2015 (BOE) · Ley 24/2003 de la Viña y del Vino (BOE) · Real Decreto 319/2015 (BOE) · ayudas de la AICA para la declaración de almazaras (versión 6, 23-9-2025) y preguntas frecuentes del INFOVI (3-12-2025). Este calendario es orientativo: tu comunidad autónoma puede tener su propio sistema de declaración (art. 2.5 del Real Decreto 861/2018).
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