Declaración mensual de tu almazara en el SIMO, presentada antes del día 10 por 39 € al mes
Preparamos con tus documentos y presentamos cada mes la declaración de tu almazara (anexo II), envasadora (anexo III) u operador (anexo IV) en la aplicación de la AICA, con las anuales de noviembre incluidas.
El problema
Las almazaras, envasadoras, refinerías y operadores de aceite tienen que declarar su actividad del mes anterior entre el día 1 y el 10 de cada mes, también los meses sin actividad. Pasado el día 10 la aplicación cierra la declaración y no deja grabar; para presentar un mes hay que tener grabados los anteriores. En plena campaña, con la aceituna entrando, es una tarea más que nadie tiene tiempo de cuadrar.
Qué entregamos
- La declaración mensual grabada y cerrada antes del día 10, con el justificante en PDF.
- Cuadre de existencias iniciales, entradas (aceite producido, ajeno en depósito, retornos) y salidas (envasadora propia, otras entidades nacionales, exportación) con tus documentos del mes.
- En noviembre, la declaración anual complementaria por categorías (virgen extra, virgen y lampante) y la de producción ecológica si la tienes.
- Balance de campaña al cierre (30 de septiembre) y aviso si algo no cuadra con tus registros, que tienes que guardar cuatro años.
Plazo
Alta en 1 día hábil con la contraseña de tu instalación. Cada mes, si nos llegan los documentos antes del día 6, la declaración queda presentada antes del día 10.
Qué se declara cada mes (almazaras, anexo II)
- Existencias de aceite al inicio del mes, por calidad (la aplicación arrastra las finales del mes anterior).
- Entradas: aceite producido de la aceituna molturada en el mes, ajustes, aceite ajeno en depósito (con razón social y NIF del dueño) y retorno de aceite propio guardado en instalaciones de terceros.
- Salidas: a tu envasadora propia, a otras entidades nacionales (envasadoras, refinerías, operadores) y a exportación.
- Existencias finales, que deben cuadrar con tus registros y tu documentación comercial.
Si además compras aceite para venderlo a granel, eres también operador y declaras el anexo IV (art. 4.3 del Real Decreto 861/2018). Las envasadoras declaran el anexo III; la almazara que envasa solo sus vírgenes en envasadora propia lo declara en el mismo anexo II (art. 5.2).
No somos la Administración ni actuamos en su nombre. Presentamos con la contraseña de tu instalación y con tus datos; tú revisas el balance y sigues viendo todo en la aplicación de la AICA.
Calendario de declaraciones obligatorias de almazaras, bodegas y compradores de leche · campaña 2026/27
Aceite de oliva y orujo (SIMO, Real Decreto 861/2018)
- Cada mes, del día 1 al 10: declaración mensual del mes anterior en la aplicación de la AICA (almazaras, anexo II; envasadoras, anexo III; operadores con aceite a granel, anexo IV; refinerías, anexo V; extractoras y secaderos de orujo, anexo VI). Si el día 10 cae en sábado, domingo o festivo nacional, hay un día hábil más (art. 12.3 y ayuda de la AICA).
- Pasado el día 10 la aplicación cierra la declaración y ya no deja grabar datos: solo se ve en consulta. Para presentar un mes hay que tener grabados los anteriores.
- También los meses sin actividad, con todos los datos a cero, salvo que hayas comunicado el cese temporal porque no te quedan existencias (art. 12.4 y 12.5).
- Octubre de 2026 es el primer mes de la campaña 2026/27: se declara del 1 al 10 de noviembre, con la declaración anual complementaria de la campaña 2025/26 (producción de virgen extra, virgen y lampante, art. 4.1) y la de producción ecológica si la tienes (art. 10).
- Respaldo: los datos de cada mes tienen que cuadrar con tus registros internos y tu documentación comercial, que guardas cuatro años (art. 11). Los controles los hace tu comunidad autónoma (art. 15) y los incumplimientos se sancionan según la Ley 30/2022 y la norma de tu comunidad (art. 16).
Vino y mosto (INFOVI, Real Decreto 739/2015)
- Bodegas de 1.000 hl o más de producción media y operadores que tienen vino o mosto sin elaborarlo: declaración mensual por instalación en el INFOVI a más tardar el día 20 de cada mes (art. 5.2, anexo III a).
- Bodegas de menos de 1.000 hl: dos declaraciones al año por instalación, en diciembre y en agosto, a más tardar el día 20 (art. 5.3, anexo III b).
- Del 1 al 10 de diciembre: datos de proveedores y justificantes de compraventa a 30 de noviembre (anexos IV a y IV b), ante tu comunidad autónoma (art. 6.2).
- Hasta el 10 de diciembre: declaración de cosecha de cada viticultor, en la aplicación de su comunidad autónoma (art. 3).
- Cada instalación tiene su propia contraseña del INFOVI, que la AICA envía al correo registrado en el REOVI.
- Fuera de plazo es infracción leve (art. 38.1.d de la Ley 24/2003), con multa de hasta 2.000 € (art. 42.1); los errores de hasta un 15 % en las declaraciones, también (art. 38.1.b).
Leche cruda de vaca, oveja y cabra (INFOLAC, Real Decreto 319/2015)
- Primeros compradores, del día 1 al 20 de cada mes: declaración de toda la leche cruda recibida de productores el mes anterior, también con «0» si no hubo entregas (art. 6.1).
- Contratos con ganaderos: se registran en INFOLAC antes de empezar la entrega de la leche (art. 5.1).
¿Compras uva o aceituna a productores? Además de declarar, cada contrato se inscribe antes de la entrega: Registro de Contratos Alimentarios: inscribimos tus contratos con viticultores y olivareros antes de cada entrega (49 € + IVA al mes).
Fuentes: Real Decreto 861/2018 (texto consolidado con el Real Decreto 564/2025, BOE) · Real Decreto 739/2015 (BOE) · Ley 24/2003 de la Viña y del Vino (BOE) · Real Decreto 319/2015 (BOE) · ayudas de la AICA para la declaración de almazaras (versión 6, 23-9-2025) y preguntas frecuentes del INFOVI (3-12-2025). Este calendario es orientativo: tu comunidad autónoma puede tener su propio sistema de declaración (art. 2.5 del Real Decreto 861/2018).
Preguntas frecuentes
¿Necesitáis mi certificado digital?
No. La aplicación del SIMO entra con el NIF de la industria y la contraseña asignada a la instalación. Nos la das al darte de alta y puedes cambiarla cuando quieras.
¿Y los meses sin actividad?
También hay que declararlos, con todo a cero, salvo que comuniques el cese temporal porque no te quedan existencias. Los presentamos dentro de la misma cuota.
¿Qué pasa si se me ha pasado un mes?
La aplicación no deja grabar fuera de plazo ni presentar un mes si faltan los anteriores. Te preparamos los meses pendientes y el escrito para el centro de atención de la AICA, y desde ahí los seguimos al día.
Tengo almazara y envasadora: ¿cuánto pago?
39 € al mes por cada instalación que declara por separado. Si tu almazara envasa solo sus propios vírgenes y lo declara en el anexo II, es una sola cuota.
Pide precio
¿Prefieres escribir directamente? hola@cirameva.com con el asunto «CIRAMEVA Alimentación · Declaración mensual del aceite en el SIMO (almazaras, envasadoras y operadores)».
Otras ofertas de CIRAMEVA Alimentación
Declaraciones del vino en el INFOVI (bodegas y operadores de vino)
Preparamos con tus registros y presentamos la declaración de vino y mosto de cada instalación en el INFOVI: cada mes si produces 1.000 hl o más, o en diciembre y agosto si produces menos.
→39 € + IVA al mes por comprador (hasta 50 ganaderos; 0,50 € por ganadero adicional)Declaración mensual de la leche cruda en INFOLAC (primeros compradores)
Si compras leche cruda de vaca, oveja o cabra a ganaderos, preparamos con tus datos de recogida el fichero de la declaración mensual, lo cargamos en INFOLAC, corregimos las incidencias y la cerramos antes del día 20.
→290 € + IVA por instalación (bodega o almazara de hasta 50 empleados)Manual APPCC para bodegas y almazaras
El sistema de autocontrol basado en el APPCC que exige el art. 5 del Reglamento (CE) 852/2004, escrito con el diagrama de flujo, los productos y los registros de tu bodega o tu almazara, listo para la inspección de sanidad.
→290 € + IVA por instalación (hasta 50 empleados y 30 productos)Plan APPCC para obrador e industria alimentaria pequeña
El plan de autocontrol basado en el APPCC que exige el art. 5 del Reglamento (CE) 852/2004 para tu panadería, pastelería, obrador, conservera o industria cárnica, escrito con tus productos, tu diagrama de flujo y tus registros.
→49 € + IVA por productoTabla nutricional y etiqueta de tu alimento
Calcula gratis la información nutricional por 100 g de tu receta y la lista de ingredientes con los alérgenos destacados. Si quieres, revisamos la etiqueta completa con el Reglamento 1169/2011 por 49 €.
→90 € + IVA por instalaciónRenovación del registro FDA 2026 (bodegas, almazaras y conserveras)
Si exportas alimentos a Estados Unidos, tu registro en la FDA caduca si no lo renuevas entre el 1 de octubre y el 31 de diciembre de 2026. Lo revisamos, lo actualizamos y lo renovamos con tus datos.
→