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Certificado digital de la comunidad de propietarios (FNMT, representante de entidad sin personalidad jurídica): documentación y guía por 49 €

La comunidad necesita su propio certificado digital para recibir las notificaciones electrónicas de Hacienda y de otras administraciones, presentar el modelo 347 y firmar subvenciones y trámites. Lo pide el presidente en la FNMT con el NIF de la comunidad; nosotros preparamos el certificado de nombramiento, la documentación y la guía.

El problema

Las notificaciones electrónicas a la comunidad se dan por recibidas a los diez días aunque nadie las abra, y una sanción o un requerimiento de Hacienda no atendido acaba en recargo. Muchos presidentes van a la Agencia Tributaria sin la documentación correcta y pierden la cita.

Qué entregamos

  • Certificado del acta de nombramiento del presidente con los datos que pide la FNMT y la comprobación del NIF de la comunidad.
  • Guía paso a paso: configuración previa del navegador, solicitud, cita y acreditación en la Agencia Tributaria, descarga y copia de seguridad del certificado.
  • Alta en las notificaciones electrónicas de la comunidad y del aviso por correo, y lista de obligaciones anuales (modelo 347 y las que correspondan).

Plazo

48 h desde que recibimos el acta de la junta que nombró al presidente y el NIF de la comunidad.

Para qué lo necesita la comunidad

  • Recibir y contestar las notificaciones electrónicas de la Agencia Tributaria y de otras administraciones a nombre de la comunidad, y presentar el modelo 347 (operaciones con proveedores de más de 3.005,06 € al año) y el resto de declaraciones que le toquen.
  • Firmar con el certificado de la comunidad, y no con el DNI personal del presidente, las solicitudes de subvenciones de rehabilitación y eficiencia energética, los trámites con el ayuntamiento y la banca electrónica que lo admita.
  • Comunicarse con la sede judicial electrónica y con el Registro de la Propiedad cuando haga falta.

Cómo se obtiene (certificado de representante de entidad sin personalidad jurídica, FNMT)

  1. El presidente vigente solicita en la sede de la FNMT el certificado de representante de entidad sin personalidad jurídica con el NIF de la comunidad (empieza por H) y recibe un código de solicitud por correo electrónico.
  2. Acredita su identidad en persona en una Oficina de Acreditación de Identidad de la Agencia Tributaria, con cita previa, con el código, su DNI y la documentación que acredita el NIF de la comunidad y su nombramiento como presidente (acta o certificado del acuerdo de la junta).
  3. Aproximadamente una hora después descarga el certificado en el mismo ordenador y navegador desde el que lo pidió, y lo instala o lo exporta con contraseña para guardarlo.
Nosotros preparamos el certificado del nombramiento del presidente con los datos que pide la FNMT, revisamos que el NIF y los cargos coinciden con el acta, te damos la guía paso a paso con el navegador y la configuración previa, pedimos la cita en la Agencia Tributaria si nos autorizas y, cuando lo tengas, te dejamos configurado el acceso a las notificaciones electrónicas de la comunidad. 49 € + IVA. El certificado lo pide y lo descarga el presidente: no puede hacerlo otra persona.

Fuente: sede electrónica de la FNMT, certificado de representante de entidad sin personalidad jurídica (consultada el 3 de octubre de 2026). Cuando cambie el presidente hay que revocar el certificado y pedir uno nuevo con el nuevo nombramiento.

Preguntas frecuentes

¿Puede pedirlo el administrador en vez del presidente?

El certificado de representante lo pide quien representa legalmente a la comunidad, que es el presidente (art. 13.3 de la Ley de Propiedad Horizontal). Un administrador o gestor puede actuar con su propio certificado si la comunidad lo apodera, pero el certificado de la comunidad va a nombre del presidente.

¿Cuánto tarda?

La solicitud en la FNMT se hace en unos minutos; la cita en la Agencia Tributaria depende de la oficina; una hora después de la acreditación se descarga el certificado. Nuestra parte (certificado de nombramiento y guía) la entregamos en 48 h.

¿Qué pasa cuando cambia el presidente?

El certificado deja de ser válido como representación: se revoca y el nuevo presidente pide otro con el acta de su nombramiento. Si nos encargas el acta de la junta, te preparamos a la vez el certificado de nombramiento.

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