Registro de Productores de Producto (sección envases) y declaración anual de envases: calculadora gratis y alta por 149 €
Si importas, compras en otro país de la UE, envasas o vendes con tu marca productos envasados en España, tienes que estar inscrito en la sección de envases del Registro de Productores de Producto y declarar cada año, antes del 31 de marzo, los kilos de envase por material. Calculadora gratis, alta por 149 € y declaración por 99 €.
El problema
No inscribirse, no poner el número de registro en las facturas o no declarar los envases es infracción grave de la Ley 7/2022 (art. 108.3.ac), con multa de 2.001 € a 100.000 €. Y la declaración obliga a pesar cada envase por material, con tapas, etiquetas, cajas y relleno incluidos, referencia a referencia.
Qué entregamos
- Diagnóstico por escrito: si estás obligado, en qué categorías (doméstico, comercial, industrial) y si te toca la declaración simplificada (menos de 15 toneladas al año).
- La tabla de envases de tu catálogo: cada referencia con sus componentes, material y gramos, y el total anual en kilos por material.
- Los datos de la inscripción del anexo IV del RD 1055/2022 rellenos (NIF, CNAE, categorías, sistema de responsabilidad ampliada) y la guía para firmarla en la sede electrónica con tu certificado.
- La declaración anual lista para presentar antes del 31 de marzo (99 € por año), con la misma tabla actualizada.
Plazo
72 h desde que recibimos tus facturas de compra o tu listado de referencias.
¿Estás obligado? Cinco preguntas
- ¿Compras productos envasados fuera de la UE (por ejemplo, en China) y los vendes en España? Eres importador: productor de producto (art. 2.t del RD 1055/2022).
- ¿Compras productos envasados a un proveedor de otro país de la UE? Adquisición intracomunitaria: también eres productor de producto.
- ¿Envasas tú, o te envasa otro por encargo tuyo? Eres productor de producto; si lo envasa un tercero por tu cuenta, el obligado eres tú (art. 2.t, párrafo tercero).
- ¿Vendes con tu marca sin que aparezca el fabricante? Si no se identifica al productor, el titular de la marca con sede en España ejerce como tal (art. 2.t, párrafo segundo).
- ¿Eres un fabricante de fuera de España que vende aquí? Tienes que nombrar un representante autorizado en España; si no lo haces, responde subsidiariamente tu primer distribuidor español (art. 17.2), y las plataformas de comercio electrónico para lo que entra por ellas (art. 2.t, último párrafo).
Si solo compras a proveedores españoles productos ya envasados, comprueba que su número de registro aparece en sus facturas (art. 15.3): en ese caso el obligado es él. Las bolsas, bandejas y envoltorios que llenas en el punto de venta (envases de servicio) los declara su fabricante o distribuidor cuando pones en el mercado menos de 50.000 kg de envases comerciales e industriales (art. 15.1, párrafo segundo).
¿No sabes si tus envases son domésticos, comerciales o industriales? Clasificador gratis en 3 preguntas.
Qué pide la norma y cuándo
- Inscripción en la sección de envases del Registro de Productores de Producto del Ministerio para la Transición Ecológica antes de poner productos en el mercado, con NIF, CNAE, categorías de envase (doméstico, comercial, industrial; de un solo uso o reutilizable) y el certificado de tu sistema de responsabilidad ampliada (art. 15 y anexo IV.1).
- Número de registro en tus facturas y en la documentación comercial hasta el punto de venta (art. 15.3).
- Declaración anual antes del 31 de marzo con los kilos y las unidades de envase por material del año anterior (art. 16.2 y anexo IV.2). Si pones en el mercado menos de 15 toneladas al año, la declaración es simplificada (art. 16.1).
- Sistema de responsabilidad ampliada: adherirte a uno colectivo (por ejemplo, Ecoembes para los envases domésticos ligeros y de papel) o montar uno individual, y pagar por los kilos que declaras.
Cómo se hace en la sede electrónica
- Dos trámites distintos en la sede electrónica del Ministerio para la Transición Ecológica, los dos con certificado digital: la inscripción (una vez) y el reporte anual (solo para inscritos, en el periodo que abre el Ministerio).
- Antes de inscribirte necesitas el certificado de participación en tu sistema de responsabilidad ampliada y tener claras tus categorías de envase: cambiarlas después obliga a pedir al Ministerio que te habilite de nuevo.
- Puedes apoderar a otra persona en el Registro Electrónico de Apoderamientos (REA) para que presente por ti.
- El reporte anual pide, por cada tipo de envase: si es de bebida o no, la tipología (catálogo del Ministerio según la categoría), las unidades, los kilos por material y el porcentaje de material reciclado; en los reutilizables, la vida útil y los ciclos al año.
Calculadora gratis: kilos de envase por material
Pon cada referencia que vendes, cuántas unidades pusiste en el mercado en el año y los gramos de cada componente del envase (cuerpo, tapa, etiqueta, caja, relleno). Suma por material y te dice si te toca la declaración simplificada (menos de 15 toneladas al año, art. 16.1). Todo se calcula en tu navegador: no se envía nada.
| Referencia | Unidades/año | Material | Gramos por unidad | Categoría |
|---|
Resumen orientativo del Real Decreto 1055/2022, de envases y residuos de envases y de la Ley 7/2022, de residuos (textos consolidados del BOE, consultados el 3-oct-2026) y de la presentación del Ministerio sobre la inscripción y el reporte anual. No es asesoramiento jurídico. Tu comunidad autónoma puede tener obligaciones adicionales.
Preguntas frecuentes
¿Quién firma la inscripción y la declaración?
Tu empresa, en la sede electrónica del Ministerio para la Transición Ecológica, con su certificado digital o el de su representante. Nosotros te dejamos todos los datos y la tabla de envases listos, y te guiamos paso a paso para que la firma te lleve unos minutos.
Ya estoy en Ecoembes, ¿tengo que hacer algo más?
Sí: la adhesión al sistema colectivo no sustituye la inscripción propia en el registro ni la declaración anual al Ministerio. Con la misma tabla de kilos por material cumples con los dos.
Vendo en Amazon o en mi tienda online lo que compro en China. ¿Me afecta?
Si el producto entra en España a tu nombre, eres importador y productor de producto. Si no designas representante y el producto entra por una plataforma, la plataforma responde subsidiariamente (art. 2.t del RD 1055/2022).
¿Cuándo se presenta la declaración de los envases de 2026?
Antes del 31 de marzo de 2027: cada declaración recoge los envases puestos en el mercado el año natural anterior (art. 16.2), en el periodo que abre el Ministerio en su sede electrónica. Puedes ir llenando la tabla de componentes durante el año.
¿Quién puede hacer la declaración simplificada?
Los productores que ponen en el mercado menos de 15 toneladas de envases al año, las plataformas de comercio electrónico que responden por vendedores de fuera de España sin representante y el primer distribuidor español que responde por un fabricante extranjero sin representante (art. 16.1).
¿Es lo mismo que la declaración de Ecoembes o Ecovidrio?
No. La de tu sistema de responsabilidad ampliada sirve para calcular lo que le pagas; la del Ministerio es tu obligación propia en el Registro de Productores de Producto. Salen de la misma tabla de kilos por material.
¿Cuánto cuesta?
149 € + IVA por el alta (diagnóstico, tabla de envases y datos del registro) y 99 € + IVA por cada declaración anual. Precio cerrado y revisión gratis de tu caso antes de pagar. La cuota del sistema de responsabilidad ampliada la pagas tú a ese sistema.
¿Qué datos necesitáis?
Tus facturas de compra del año (o el listado de referencias con unidades vendidas) y, si las tienes, las fichas técnicas del envase. Si no sabes cuánto pesa un envase, te decimos cómo pesarlo con una báscula de cocina.
Pide precio
¿Prefieres escribir directamente? hola@cirameva.com con el asunto «CIRAMEVA Comercio · Registro de productores de envases y declaración anual».
Otras ofertas de CIRAMEVA Comercio
Envases domésticos, comerciales e industriales: qué categoría es la tuya
La categoría de cada envase decide a qué sistema de responsabilidad ampliada te adhieres, qué declaras y cuánto pagas. Definiciones del RD 1055/2022, clasificador gratis de 3 preguntas y alta en el registro por 149 €.
→49 € + IVA por taller (revisión de tus documentos y versión corregida en Word)Documentos del taller: presupuesto, resguardo y factura
Modelos gratis de presupuesto y resguardo de depósito con los datos que exige el Real Decreto 1457/1986, pack de 4 documentos en Word por 9 € y revisión de los tuyos por 49 €.
→150 € + IVA por lote de 50 fichas en español (cada idioma más, 90 €)Fichas de producto para tu tienda online
Títulos, descripciones, atributos y textos para Google de tus productos, desde tu Excel o las fichas del proveedor, en el CSV de importación de Shopify, WooCommerce, PrestaShop o Amazon.
→49 € + IVA al mes por ficha de Google (hasta 60 reseñas al mes)Respuestas a las reseñas de Google de tu tienda
Respondemos cada reseña de tu perfil de empresa en Google en menos de 48 h, con tu tono y tus datos, y te avisamos de las que piden una llamada o una denuncia. Abajo, ejemplos gratis para cada tipo de reseña.
→