Reclamación de intereses a una Administración pública
Si un ayuntamiento, una consejería o un hospital público te pagó tarde, te preparamos el escrito para reclamar los intereses y los 40 € por factura por su registro electrónico.
El problema
La Administración tiene 30 días para aprobar tu factura o certificación y otros 30 para pagarla; si se retrasa, te debe los intereses y la indemnización de la Ley 3/2004 (art. 198.4 de la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público). Casi nadie los pide porque calcularlos y redactar el escrito lleva tiempo.
Qué entregamos
- Cálculo factura a factura con el vencimiento de la Ley de Contratos y el tipo legal de cada semestre.
- Escrito de reclamación al órgano de contratación, listo para firmar y presentar por su registro electrónico.
- Instrucciones para presentarlo y seguir el expediente.
- Explicación de las vías siguientes si no contestan.
Plazo
72 h desde que recibimos la lista de facturas y el pago inicial.
Calcula aquí lo que te deben antes de pedir precio: en la revisión gratis lo comprobamos con tus facturas.
Preguntas frecuentes
¿Qué pasa si no contestan?
Si en un mes no contestan, se entiende reconocido el vencimiento y puedes acudir al recurso contencioso-administrativo contra la inactividad (art. 199 de la Ley de Contratos del Sector Público), con abogado. Te lo explicamos, pero no te representamos.
Pide precio
Al pulsar se abre tu correo: adjunta ahí la lista de facturas o un extracto y te respondemos en 24 h con el cálculo y el precio.
¿Prefieres escribir directamente? hola@cirameva.com con el asunto «CIRAMEVA Cobros · Reclamación de intereses a una Administración pública».
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